
El Programa InnoCámaras está dirigido a autónomos, microempresas, pequeñas o medianas empresas , según definiciones recogidas en la Recomendación de la Comisión 2003/361/CE de 6 de mayo de 2003.
El Programa InnoCámaras se dirige a aquellas empresas con sede social, delegación o establecimiento en aquellas regiones del territorio nacional cuyas Cámaras de Comercio participen en el Programa.
InnoCámaras se dirige a las empresas industriales, comerciales y de servicios (censo del IAE, sección 1), sin perjuicio del pleno respeto a lo dispuesto por los Reglamentos o Directivas comunitarias especiales establecidos en el marco del Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.
Quedan excluidas, en todos los casos, las empresas que operen en los sectores de la pesca, la acuicultura, el carbón y la producción primaria de los productos agrícolas que figuran en el Anexo I del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea.
El Programa está enfocado a la captación de empresas interesadas en abordar actuaciones en materia de innovación y dispuestas a aportar tiempo y recursos para cofinanciar su participación en el Programa InnoCámaras.
Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
No haber sido beneficiarias del Programa InnoCámaras en convocatorias anteriores.
Cumplir la norma de minimis que exige la Unión Europea.