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Categoría |
Empleados |
volumen de negocios/balance general anual |
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Mediana |
<250 |
<50/43 M€ |
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Pequeña |
<50 |
<10 M€ |
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Microempresa |
<10 |
<2 M€ |
El documento “La nueva definición de PYME: guía de usuario” incluye varios ejemplos prácticos que pueden ayudar a una empresa a analizar su situación particular.
Las ayudas estatales a la I+D+i deben tener efecto incentivador, es decir, deben provocar un cambio en el comportamiento del beneficiario de manera que éste incremente su actividad de I+D+i (apartado 6 del Marco Comunitario sobre ayudas estatales de investigación, desarrollo e innovación (2006/C 323/01)).
Según esta disposición, las actividades de I+D+i deben iniciarse con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda porque, en caso contrario, se considera que las ayudas no ofrecen incentivos al beneficiario para ejecutar el proyecto en cuestión.
Si el proyecto de I+D+i para el que se solicita la ayuda se inicia con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud, el efecto incentivador queda automáticamente demostrado en las siguientes situaciones:
Ayudas a proyectos de I+D+i y estudios de viabilidad para PYMEs y con importes de ayuda inferiores a 7,5 millones de euros por proyecto y por PYME
Ayudas a los costes de derechos de propiedad industrial para PYMEs
Ayudas a empresas jóvenes e innovadoras
Ayudas para servicios de asesoramiento y apoyo a la innovación
Ayudas al préstamo de personal altamente cualificado
En otra situación, las empresas que soliciten una ayuda deberán demostrar su efecto incentivador para incrementar el nivel de las actividades de I+D+i (se debe presentar un análisis que compare la situación con y sin la ayuda solicitada empleando criterios como el incremento del volumen del proyecto, del ámbito, de la rapidez o del gasto empleado en I+D como porcentaje del volumen de negocio.




